Revolución #194, 7 de marzo de 2010


Que no se deje engatusar por los agentes de la represión —

“No diga nada”

Nos encontramos viviendo en una cultura popular en que todos los programas de la televisión, de aquellos de periodismo amarillista a las omnipresentes series de “ley y orden” de una forma u otra e incluso las noticias, pregonan el mismo tema: suponen que es culpable un individuo acusado de un delito o uno del que simplemente hay sospechas de un crimen; se consideran más evidencia de culpabilidad el ejercicio de los derechos legales propios; incluso se refieren con desdén al derecho más básico —el de tener un abogado para defenderse contra la arremetida legal e ilegal de la policía, los fiscales y los jueces— “contratar a un abogado”. Calumnian y califican de “terroristas” a aquellos que, por medio de la palabra y el disentimiento, denuncien políticamente a este gobierno represivo, se le opongan y se le planten, y protesten por sus crímenes, mientras que ensalzan como “héroes” a aquellos que a sabiendas condenen a personas inocentes a la prisión y la muerte; que de rutina siembren terror, golpeen y maten a personas en los barrios pobres; y que brutalmente torturen a personas en las salas de interrogación. Todo eso no es sino un estado policial y una cultura de ley marcial — es verdaderamente intolerable y no debe ser tolerado.

Al invocar la “amenaza de ataques terroristas”, el gobierno ha desatado los organismos policiales de todo tipo para reprimir a cualquier oposición política seria a los crímenes que éstos están cometiendo por todo el mundo. Están librando una “guerra contra el terror” que en realidad es una guerra por imperio, por mantener su posición como la superpotencia única en el mundo y eso requiere la represión de protestas y en verdad propone eliminar completamente toda resistencia eficaz.

Los siguientes ejemplos dan un vistazo de las arrolladoras medidas realizadas por la policía, el FBI y los fiscales oficiales que demuestran que lejos de ser árbitros neutrales de la justicia, esas autoridades son el brazo represivo del gobierno. Expandieron e institucionalizaron muchas de esas medidas después de 11 de septiembre (11-S); siguen en vigor y la administración de Obama las ha defendido.

Pues ¿qué derechos TIENE la gente cuando lleguen husmeando los agentes de la represión?

 

Sus derechos en caso de que lo arresten

En el caso de que una persona sea arrestada, además de proporcionar su nombre, la persona tiene el derecho a guardar silencio, así como el derecho a ver un abogado. La Unión Norteamericana de Libertades Civiles (ACLU) ofrece los siguientes consejos en caso de que una persona sea arrestada:

“El oficial debe informarle de su derecho constitucional a permanecer en silencio, a un abogado y de que se le asigne un abogado si no puede pagarlo. Usted debe ejercer todos estos derechos, aunque los oficiales no le informen acerca de ellos. No le diga nada a la policía excepto su nombre. Cualquier cosa que usted diga puede ser y será usada en su contra. Pida ver a un abogado inmediatamente. Dentro de un período razonable de tiempo después de su arresto o de citación tiene el derecho a hacer una llamada telefónica. No se permite que los oficiales del orden público escuchen una llamada que usted realice a su abogado, pero sí pueden escuchar las llamadas que usted realice a otras personas. Usted debe ser llevado ante un juez tan pronto como sea posible, por lo general dentro de 48 horas de su arresto, a más tardar”.

Una vez que una persona demanda un abogado, por ley las autoridades deben dejar de interrogarle. La ACLU aconseja: “Pida un abogado de inmediato. Repita esta petición a cada agente que trate de hablar o de hacerle preguntas a usted”. Si una persona es arrestada, él o ella sólo debe comentar el caso con su propio abogado y con otros activistas fiables y de confianza, tales como un equipo de defensa formado para montar una defensa política y jurídica, aunque incluso en ese caso el equipo debe contar con el asesoramiento de un abogado y estar bajo tal asesoramiento. Con el fin de conseguir que una persona hable voluntariamente y revele información que puede ser usada en contra de sí misma (así como en contra de otros), las autoridades algunas veces siembran un soplón en la misma celda o coaccionan a otro preso para ser un informante. Aunque los activistas y presos políticos suelen hablar de sus posiciones políticas y puntos de vista con los nuevos compañeros que se encuentran en la cárcel o prisión, se debe tener cuidado con lo que se dice y estar alerta y ser cuidadoso si un compañero de celda comienza a hacer preguntas impertinentes sobre la propia causa o las circunstancias de la propia detención. Cualquier llamada telefónica desde la cárcel será objeto de seguimiento, así que si una persona está haciendo su “una sola llamada telefónica”, él o ella debe informarle claramente a la persona que se llama donde él o ella se encuentra, pero no deben discutir los detalles o las circunstancias de la detención.

El folleto del colectivo Just Law Collective sacado con motivo de la Convención Nacional Republicana de 2004 también aconseja que las personas deben tener cuidado con lo que firman, mientras que están en custodia:

“Si usted ha sido arrestado, puede firmar con seguridad los documentos de libertad [los documentos sobre la próxima comparencia ante el juez].... No firme ningún otro formulario hasta que un abogado de defensa criminal la haya revisado por ti. Nunca haga una declaración por escrito. Nunca firme un formulario que mencione sus derechos a permanecer en silencio o a ver a un abogado (es un truco para conseguir que renuncie a esos derechos). No firme un comprobante de pertenencias tampoco pues podría haber algo en sus pertenencias que podría ser usado en su contra en la corte. Conserve el talón, pero no lo firme”.

En lo que respecta a proporcionar una muestra de ADN (pelo, sangre, saliva, etc.), el Gremio Nacional de Abogados (NLG) señala que si una persona es detenida por agentes federales, “Incluso antes de ser acusado de un delito, éstos pueden tomar un muestra de ADN y enviarlo a la base de datos de la CODIS (Sistema de Índice Combinado de ADN)”. El NLG también señala que la autoridad legal para tomar muestras de ADN varía de estado a estado, y que hasta la redacción del folleto del NLG en 2009, los siguientes estados lo permitían si una persona está bajo arresto por las autoridades locales o estatales: Alaska, Arizona, California, Kansas, Luisiana, Minnesota, Nuevo México, Dakota del Norte, Tennessee, Texas y Virginia.

El principio de “No diga nada” es importante en todo momento, incluso después de que una persona haya sido detenida. La policía puede tratar de conseguir que una persona baje la guardia, haga declaraciones dañinas o revele información sobre sí misma u otras personas o actividades. La policía usará diversos ardides para tratar de conseguir que una persona hable: incluso pueden llegar a ser amables, casi muy amigos, y pueden transmitir desagrado por tener que estar en este tipo de trabajo y fingir estar genuinamente interesados en usted y su política.

Para repetir el consejo de la ACLU: En caso de detención, “No le diga nada a la policía excepto su nombre. Cualquier cosa que usted diga puede ser y será usada en su contra. Pida ver a un abogado inmediatamente”.

En el período después de un arresto (por ejemplo, como parte de una campaña de defensa pública) también es importante que las declaraciones hechas por el acusado o demandado potencial, o cualquier persona que hable en nombre de un acusado, sean consultados primero con su abogado. Este tipo de declaraciones también se puede utilizar contra un activista que sea perseguido por el gobierno.

La historia ha demostrado que cuando los movimientos se nieguen a conceder la autoridad moral respecto a lo que está bien y lo que está mal, tienen mayor capacidad de aguantar la represión y seguir creciendo. Si no asumen este enfoque, se encuentran en una situación en que, como la organización El Mundo No Puede Esperar la describió: “Si uno no se le opone a esto y no se moviliza para pararlo, aprenderá —o se verá obligado— a aceptarlo”. Parte de construir una cultura de desafío y resistencia, basada en los movimientos populares, es negarse a permitir que el gobierno intimide o engatuse para que el pueblo deje de resistir y negarse a ser cómplice de cualquier forma en semejante intimidación y represión.

A las autoridades no les interesa la verdad; no pretenden buscar la justicia. Tienen una agenda—utilizar el sistema legal (además de medios ilegales) para reprimir a toda clase de movimientos de resistencia serios. Como ha demostrado la amarga experiencia, no sólo asesinarán abiertamente a revolucionarios (como le hicieron al líder de los Panteras Negras, Fred Hampton, matado a balazos mientras dormía) sino que fabricarán una red de mentiras y evidencia falsificada para utilizar las cortes con la finalidad de levantar cargos falsos y encarcelar injustamente a aquellos a que quieran callar5.

Cuando usted esté ante un agente de la represión gubernamental (hablando de la policía y los fiscales locales, los organismo del orden público estatal o federal, u otros organismos del gobierno), el principio de “No diga nada” es un importante principio legal que es crucial en la lucha por proteger contra la represión gubernamental a los varios movimientos de resistencia y de revolución. Los abogados de defensa criminal y las organizaciones de derechos civiles recalcan muy fuertemente este principio.

El derecho a quedarse callado — No diga nada

La Unión Norteamericana de Libertades Civiles (ACLU), el Gremio Nacional de Abogados (NLG), el Centro pro Derechos Constitucionales (CCR) y otras organizaciones legales progresistas han publicado materiales para informar al pueblo sobre “cuáles derechos usted tiene cuando los agentes del orden público lo paren, interroguen, arresten o registren”6.

No importa cuál organismo o brazo del estado (es decir, FBI, Seguridad de la Patria, inmigración, Hacienda, etc.) le haga las preguntas, la ACLU declara de manera clara:

“Usted tiene el derecho constitucional a quedarse callado. Por lo general, usted no tiene que hablar con agentes del orden público (ni ninguna otra persona), aunque no se sienta que puede largarse caminando del agente, esté bajo arresto o esté encarcelado”. Negarse a contestar una pregunta no es motivo de un castigo7.

Los expertos líderes en asuntos legales recalcan que es muy importante encontrar a un abogado que tenga mucha claridad sobre el derecho a quedarse callado, que entiende y acepta defender este principio básico del debido proceso legal. No todos los abogados sostienen con firmeza estos principios básicos, así que es muy que muy importante conseguir a un abogado que entiende que es muy probable que cualquier proceso de interrogar por parte de las autoridades del orden público tenga el propósito de recabar evidencia con que levantar cargos y condenar de delitos y que a pesar de que garanticen lo contrario, tratarán de usar cualquier cosa que se diga con la finalidad de perseguir a personas — incluso a la persona bajo interrogación.

El NLG da consejos sobre lo que se debe hacer si un agente del FBI o la policía toca la puerta:

“No abra la puerta. Declare que va a quedarse callado. No conteste ninguna pregunta ni dar su nombre. Pueden usar todo lo que usted diga, por tan inocuo o insignificante parezca, en contra de usted u otros. Pídales a los agentes que deslicen su tarjeta de presentación por debajo de la puerta y dígales que su abogado se les pondrá en comunicación. Si el agente u oficial explica sus razones por tratar de entrevistarse con usted, tome unos apuntes y déle esa información a su abogado”8.

“Si no coopero, ¿no les dará la impresión de que tengo algo que esconder?”

Según el Centro pro Derechos Constitucionales (CCR):

“Ésta es una de las preguntas más frecuentes que se hacen. La respuesta tiene que ver con la naturaleza de las investigaciones de ‘inteligencia’ política y el trabajo del FBI. Los agentes tratarán de hacer que usted se preocupe de que “dará una mala impresión” si usted no coopera. Muchas personas que no conocen los métodos del FBI se preocupan por la no cooperación.... Ellos [el FBI] están resueltos a conocer las costumbres, opiniones y afiliaciones de las personas de las que no tienen sospechas de haber hecho algo mal....

“El trabajo de los agentes del FBI y otros investigadores es sacarle información que usted no compartiría voluntariamente con extraños. Puede ser muy peligroso dar respuestas a las preguntas de los agentes o tratar de “educarlos” acerca de su causa — tan peligroso como tratar de ser más listo que ellos o tratar de descubrir su verdadero propósito. Al hablar con investigadores federales es posible, sin darse cuenta, establecer bases para acusaciones en su contra — por darle información falsa o contradictoria al FBI. Es un crimen federal darle declaraciones falsas a un agente del FBI u otro investigador federal. Incluso podrían levantar cargos a partir de dos declaraciones contradictorias hechas debido al temor o a una memoria olvidadiza”9. (énfasis añadido)

Artimañas, mentiras y amenazas…

Se sabe muy bien que el FBI y otros organismos policiales usan muchísimas artimañas, mentiras y amenazas cuando quieran hacer que las personas hablen.

Una treta muy común y deliberada es empezar con preguntas que parecen “inocuas”. Una persona puede empezar a hablar de manera inocente, pero luego, cuando cambie el enfoque de la interrogación y las preguntas empiecen a husmear en quiénes conoce, sus creencias y actividades políticas, etcétera, la persona puede darse cuenta de la verdadera agenda de la policía. La ACLU señala que legalmente, “Aunque usted ya ha contestado algunas preguntas, puede dejar de contestar hasta que tenga un abogado”10. Aunque eso es cierto (y que quede claro que más vale dejar de hablar y no seguir contestando las preguntas), tiene dos aspectos el problema en primer lugar si usted no observa el principio de “No diga nada”: Primero, las autoridades tomarán y tergiversarán cualquier respuesta suya para su propio beneficio. Segundo, inventarán sus propias razones acerca de por qué ciertas preguntas le hicieron dejar de cooperar.

Se adiestra a los policías y otros agentes del orden público para que animen a las personas a tratar de “descubrir” lo que busca un agente. En sus textos sobre la interrogación hablan de esta técnica como una potencial mina de oro de información útil. Una persona puede creer que “finge que está cooperando”, pero de hecho, al aceptar la interrogación y contestar las preguntas, en realidad sí está cooperando y dando información.

 

Sus derechos en caso de que lo paren en la calle

Según la ACLU, si la policía para a una persona en la calle:

“Usted no tiene que contestar a ninguna pregunta. Puede decir: ‘No quiero hablar con usted’ y alejarse caminando con calma. O, si usted no se siente cómodo en hacer eso, puede preguntar si cuenta con la libertad de irse. Si la respuesta es sí, puede considerar simplemente la opción de alejarse caminando. No se aleje corriendo del oficial. Si el oficial le dice que no está bajo arresto, pero no cuenta con la libertad de irse, pues éste lo está parando. El que lo paren no es lo mismo que cuando lo arresten, aunque en consecuencia podría ser arrestado. La policía puede revisarle la ropa a palmadas solamente si tienen una ‘sospecha razonable’ (es decir, una razón objetiva para tener sospechas) que usted podría estar armado y peligroso. Si lo cachean más que eso, dígales claramente: ‘No accedo a un cacheo’. Si de todos modos continúan cacheándolo, no les opongan resistencia física. No tiene que contestar a ninguna pregunta si lo paran o lo arrestan, excepto que es posible que la policía le pida el nombre una vez que lo hayan parado, y en algunos estados lo pueden arrestar por negarse a proporcionarlo”.

Los abogados aconsejan que aun en los estados donde estrictamente hablando por ley no es obligación que alguien proporcione su nombre, de rutina las autoridades exigen que la persona proporcione su nombre e identificación (licencia de conducir, etc.), y no proporcionarlos encierra el potencial del arresto. Por consiguiente aconsejan que la persona que paran proporcione su nombre (e identificación), pero que ponga un hasta ahí y que no proporcione ninguna información adicional.

Si una persona cree que simplemente puede “decirle disparates” a un agente, eso también es una trampa. Se adiestra a los investigadores para que sean “amables” y escuchen lo que dicen las personas. Veamos lo que dice un texto sobre las técnicas de interrogación: “Una técnica excelente es dejar al sujeto decir unas mentiras y dejarle creer que se salió con la suya, lo que funciona bien con muchos tipos de sujetos. Hemos visto que las mentiras de parte del sujeto le dan ventajas al interrogador…”. La ACLU y el NLG han señalado:

“Tengan en cuenta que aunque se permite que estos agentes le digan mentiras a usted, es un delito si usted le diga mentiras a un agente del gobierno. Quedarse callado no es delito. Lo más seguro que se puede decir es: ‘Voy a permanecer callado’, ‘Quiero hablar con mi abogado’ y ‘No doy mi consentimiento para un registro’”11.

Recuérdese que Martha Stewart fue a dar a la cárcel porque tontamente trató de contestar las preguntas de los agentes del FBI que se presentaron a la entrada de su casa y luego fue procesado por haber hecho declaraciones falsas.

A los agentes les gusta si usted les diga mentiras, por una razón adicional: porque obtendrán algo en su contra que pueden usar después para ejercer presiones para que usted les dé información sobre otra persona y si usted no se la da, ellos pueden levantar un proceso en su contra por las declaraciones falsas.

Pueden portarse como si trataran de darle a usted ayuda o protección y sobre esa base tratar de conseguir su cooperación. En un caso, la activista ambientalista Judi Bari, herida gravemente cuando estalló una bomba sembrada en su coche, y otras personas cooperaron con las autoridades, pero de repente ella se encontró que la trataban como autor material y blanco de su investigación y no como víctima.

Las autoridades harán lo que puedan para hacer que una persona hable: de la técnica del policía bueno y el policía malo (que trata de hacer que la persona “se abra y se sincere” para con el policía más compasivo) a las amenazas y la brutalidad franca. También usan “juegos de la mente” como decir que otras personas ya han soplado, o hasta decirle a alguien la falsedad de que un pariente se ha muerto a fin de que baje la guardia y dé información sobre sí mismo u otras personas.

Otra táctica posible es amenazarle a una persona con una citación de gran jurado si se negara a contestar sus preguntas. La ACLU pone al descubierto esta amenaza y recomienda:

Usted no tiene que contestar las preguntas del agente en ese momento y lugar, y se puede usar en su contra todo lo que usted diga. Puede que el agente consiga la citación o puede que no. Si usted recibe una citación o el agente amenaza con conseguir una en su contra, usted debe telefonear de inmediato a un abogado12.

De remate: Aunque los agentes sí presenten una citación de gran jurado, usted todavía no la obligación de hablar con ellos. Y si usted recibe una citación y no tiene un abogado, telefonee a la oficina de los defensores públicos federales.

Puede que las autoridades no solamente pretendan hacer que una persona hable sino también que ésta espíe a otros activistas. A fin de coaccionar o convencer a una persona para que se vuelva soplón, es posible que usen amenazas de levantar cargos o argumentar que esto es una manera de “proteger” a la gente. En un caso reciente, el gobierno trató de alistar a unas personas para ir a “convivios de vegetalistas” para juntar información sobre los planes para las protestas durante la Convención Nacional Republicana de 2008. Un valiente estudiante de la Universidad de Minnesota no solamente rechazó ser soplón sino también públicamente sacó a la luz el esfuerzo del gobierno para reclutarlo.

Se puede tergiversar y usar cualquier información que proporciona una persona, por insignificante que parezca en la superficie, en contra de aquellos que sacan a la luz y se oponen a los crímenes de este sistema. El gobierno tiene una larga historia de mentir acerca de los hechos y fabricar “evidencia” a fin de levantar acusaciones falsas contra activistas políticos y revolucionarios. Recolecta inteligencia proveniente de diversas fuentes y la usa de las maneras más siniestras, incluso el asesinato. Por consiguiente no existe ninguna razón para tener una actitud en lo más mínimo defensiva acerca de no decir nada o no cooperar con las autoridades.

“¿Qué daño puede traer lo de hablar con las autoridades?”

 

Sus derechos frente a un registro

A pesar de lo que las autoridades pueden decirle a una persona, si éstas no tienen una orden de registro, no tienen ningún derecho legal de registrar la casa o las pertenencias de una persona sin el consentimiento de la misma.

El National Lawyers Guild (NLG) ofrece estos consejos sobre cómo responder a una solicitud para registrar la casa u oficina de una persona:

“Usted puede rechazar un registro a menos que el agente o el policía tenga una orden de registro. Diga: ‘No accedo a un registro’, pero no les impidan si de todos modos empiezan a registrar. Si usted vive con sus padres, éstos pueden acceder a un registro de la casa, incluso su espacio. Si usted vive con compañeros de departamento, éstos sólo pueden acceder al registro de espacios comunes. Su empleador puede acceder a un registro de su espacio de trabajo sin su permiso”.

Si las autoridades tienen una orden de registro, la persona tiene el derecho de ver la orden antes de dejar que entren, y el NLG aconseja:

“Pida que el o la agente deslice la orden debajo de la puerta de modo que usted pueda leerla. Las órdenes de registro deben tener anotados correctamente la dirección, la fecha, los lugares a registrarse y los objetos a llevarse. Las órdenes de detención deben incluir la fecha de expedición y el nombre correcto de la persona que quieren arrestar. En ambos casos, si la orden no contiene alguno de estos datos o si alguno de ellos es incorrecto, la orden no tendrá validez. No cumplir con una orden de registro probablemente resultará en su detención”.

El NLG señala que aunque la policía y el FBI pueden pedirle a usted una muestra del ADN (por ejemplo, muestras del pelo, la sangre o la saliva), pedirle eso a usted figura en la misma categoría que los registros domiciliarios: a menos que presenten una orden de registro, la persona tiene el derecho a decir no. El NLG aconseja que si le piden a usted una muestra del ADN, “Usted puede y debe rechazar el pedido”. Lo mismo se aplica a las muestras de su letra.

Mito #1: Cooperar hará que se larguen las autoridades.

De hecho, a menudo eso tiene exactamente el efecto opuesto. Después de todo, si identifican a uno como “hablador” o un eslabón débil, se aprovecharán para sacarle toda la información que puedan. Pueden volver con más preguntas o seguir con este enfoque hacia la interrogación con otros.

Mito #2: Hablar impedirá la detención.

Las autoridades fomentan la ilusión de que una persona debe tratar de “salvarse el propio pescuezo” cooperando y hablando. En realidad, como recalcan la ACLU y el NLG, en muchas circunstancias hablar puede aumentar la posibilidad de que arresten a una persona y puede rematar el caso en su contra y en contra de otras personas.

Mito #3: Con tal de que la información proporcionada sea inocua, hablar no tiene nada malo.

Cuando las personas no conocen sus derechos y hablan voluntariamente con las autoridades, eso puede causar mucho daño, sin importar qué información den.

Eso se debe a que en primer lugar la persona no conoce la agenda completa de las autoridades, no tiene bases para evaluar si la información es “inocua” o no. Aunque las autoridades dicen que están investigando algo que no tiene nada que ver con su política o sus actividades políticas (o aquellas de otros), las apariencias engañan. Las autoridades pueden tergiversar y tergiversarán cualquier información para sacar provecho a su favor.

En segundo lugar, el acto de hablar anima a las autoridades a usar esta táctica y a perseguir a otros.

En último lugar y de más importancia, hablar alimenta los esfuerzos del gobierno de eliminar a cualquier movimiento de oposición y disentimiento, mientras que mantenerse firme y no hablar como asunto de principios contribuye a forjar una cultura de resistencia y desafío.

Desafíe la represión del gobierno: no diga nada

Según se ilustró en este artículo, como parte de tratar de destrozar a movimientos de protesta y revolución, los agentes del gobierno (sean de la policía, el FBI, los fiscales, etc.) han desarrollado métodos para engañar, intimidar y brutalizar a las personas para que cedan sus derechos y protecciones legales establecidos por el sistema jurídico en este país. Éstos no son “policías renegados”; estos métodos representan el pan de cada día en este país y es una manifestación de que, en esencia, el “estado de derecho” (el sistema jurídico, sus leyes y especialmente cómo se aplican esas leyes) sirve, de una manera u otra, para aplicar y reforzar el dominio del actual sistema del capitalismo-imperialismo. Hay que entender nítidamente esta dinámica y verdad básica, y si varias organizaciones y movimientos toman en serio los retos que enfrentan, tienen que debatir y ver cómo resistir tal represión, apoyándose principalmente en los movimientos populares de base.

En este contexto, los principios legales que subyacen al de “No diga nada” asumen mayor importancia. Cuando los agentes policiales aborden a las personas, éstas no deben dejarse engatusar de modo que cedan los derechos legales que todavía existen, pues si hacen eso, eso simplemente llevará a fortalecer el aparato represivo del estado y particularmente minará la capacidad de forjar los movimientos populares que se necesitan para luchar contra los crímenes de este sistema, entre ellos la mayor represión.

FUENTES SELECTAS
para este artículo

“Conozca Sus Derechos - Frente a Los Agentes del Orden Público”, folleto de la ACLU en www.aclu.org/files/kyr/kyr_spanish.pdf

“Operation Backfire: A Survival Guide for Environmental and Animal Rights Activists”, del National Lawyers Guild, 2009.

“Punishing Protest: Government Tactics that Suppress Free Speech”, de Heidi Boghosian y el National Lawyers Guild, 2007, en www.nationallawyersguild.org/NLG_Punishing_Protest_2007.pdf.

“¡Conozca sus derechos! ¿Que hago si la policía, el FBI o los agentes del DHS me contactan?”, del National Lawyers Guild, sección del Área de la Bahía de San Francisco, la ACLU del Norte de California y el American Arab Anti-Discrimination Committee (ADC-SF), 2004, en nlg.org/resources/kyr/KYR_Spanish_2006.pdf

PublicEye_org _ If an Agent Knocks.htm, en el portal electrónico del Center for Constitutional Rights, publicado por primera vez en 1985. www.publiceye.org/liberty/Feds/If_an_Agent_Knocks.html

Just Cause Law Collective, “Legal Briefing for Activists at the Republican National Convention”, 2004, en www.lawcollective.org/article.php?id=201.

NOTAS

1. “F.B.I. Violated Rules in Obtaining Phone Records, Report Says”, New York Times, Charlie Savage, 20 de enero de 2010. [regresa]

2. “La persecución política de los 8 de la CNR”, Revolución #159, 22 de marzo de 2009 y #161, 12 de abril de 2009. [regresa]

3. “El Departamento de Policía de Nueva York: ¿Seguridad de la ciudad para quién?”, Revolución #184, 29 de noviembre de 2009. [regresa]

4. “La práctica de ‘parar y registrar’ de la policía de Nueva York: Racismo e injusticia en escala masiva”, Revolución #179, 11 de octubre de 2009. [regresa]

5. Vea The Assassination of Fred Hampton: How the FBI and the Chicago Police Murdered a Black Panther, Jeffrey Haas, Lawrence Hill Books, noviembre de 2009; vea una discusión sobre la manera en que la policía levantó acusaciones falsas y encarceló a los jóvenes en “el caso de la corredora del parque Central” en “La entrevista de Revolución: William Kunstler: Perturbando al universo”, Revolución #184, 29 de noviembre de 2009, con Sarah Kunstler y Emily Kunstler (cineastas y las dos hijas menores de Bill Kunstler); Margaret Ratner Kunstler, abogada progresista y madre de Sarah y Emily; Michael Ratner, presidente del Center for Constitutional Rights, una importante organización de promoción de los derechos legales cofundada por Bill Kunstler; y Yusef Salaam, absuelto en el caso de violación conocido como “el caso de la corredora del parque Central”, cuyo abogado defensor era Bill Kunstler. [regresa]

6. Si bien dan información sobre derechos básicos, estas publicaciones dicen que no sustituyen a la asesoría de un abogado, y que las personas deberían ponerse en contacto con un abogado en caso de un arresto o si creen que sus derechos han sido violados. [regresa]

7. La ACLU señala dos excepciones a esta regla: 1) En algunos estados una persona tiene que proporcionar su nombre a los agentes del orden público cuando éstos la aborden y le digan que se identifique, pero no se requiere que la persona conteste ninguna pregunta. 2) Si una persona está manejando un coche, y los agentes la hacen parar por una infracción de tránsito, es posible que requieran que la persona muestren su licencia de conducir, el registro del vehículo y prueba de que tenga un seguro, pero una vez más la persona no tiene que contestar ninguna pregunta. La ALCU también señala algunas cuantas excepciones en el caso de personas que no sean ciudadanas, pero éstas se refieren exclusivamente a las autoridades migratorias. Vea en el folleto de la ACLU “Know Your Rights” más información acerca de las circunstancias especiales para personas que no sean ciudadanas. [regresa]

8. “Operation Backfire: A Survival Guide for Environmental and Animal Rights Activists”, del National Lawyers Guild, 2009. [regresa]

9. PublicEye.org, “If an Agent Knocks”, en el portal electrónico del Center for Constitutional Rights, publicado por primera vez en 1985. www.publiceye.org/liberty/Feds/If_an_Agent_Knocks.html. [regresa]

10. “Conozca Sus Derechos - Frente a Los Agentes del Orden Público”, folleto de la ACLU en www.aclu.org/files/kyr/kyr_spanish.pdf. [regresa]

11. “¡Conozca sus derechos! ¿Que hago si la policía, el FBI o los agentes del DHS me contactan?”, del National Lawyers Guild, sección del Área de la Bahía de San Francisco, la ACLU del Norte de California y el American Arab Anti-Discrimination Committee (ADC-SF), 2004, en nlg.org/resources/kyr/KYR_Spanish_2006.pdf. [regresa]

12. “Conozca Sus Derechos - Frente a Los Agentes del Orden Público”, folleto de la ACLU en www.aclu.org/files/kyr/kyr_spanish.pdf. [regresa]

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